Las facultades de la asamblea de propietarios en propiedad horizontal / por Cecilia A. Villanustre

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDescripción: 20 pTema(s): Recursos en línea:
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Sumario: I. Introducción.— II. Las cuestiones que le son atribuidas especialmente por la ley o por el Reglamento de Propiedad Horizontal.— III. Las cuestiones sobre la conformidad con el nombramiento y despido del personal del consorcio.— IV. Decisión de asamblea que faculta al administrador.— V. Facultad emanada del reglamento de propiedad horizontal.— VI. Las facultades de la asamblea en el marco de la propiedad horizontal.— VII. Las cuestiones atribuidas al administrador o al consejo de propietarios, cuando le son sometidas por cualquiera de estos o por quien representa el cinco por ciento de las partes proporcionales indivisas con relación al conjunto.— VIII. Las cuestiones no contempladas como atribuciones del administrador o del consejo de propietarios, si lo hubiere.
En: 11/10/2018, p. 1.
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Sumario: I. Introducción.— II. Las cuestiones que le son atribuidas especialmente por la ley o por el Reglamento de Propiedad Horizontal.— III. Las cuestiones sobre la conformidad con el nombramiento y despido del personal del consorcio.— IV. Decisión de asamblea que faculta al administrador.— V. Facultad emanada del reglamento de propiedad horizontal.— VI. Las facultades de la asamblea en el marco de la propiedad horizontal.— VII. Las cuestiones atribuidas al administrador o al consejo de propietarios, cuando le son sometidas por cualquiera de estos o por quien representa el cinco por ciento de las partes proporcionales indivisas con relación al conjunto.— VIII. Las cuestiones no contempladas como atribuciones del administrador o del consejo de propietarios, si lo hubiere.

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