Contratos Conexos.Incumplimiento. Daños : Artículos 1073 a 1075 del Código Civil y Comercial / por Leonardo F. Fernández
Tipo de material: ArtículoDescripción: p. 33-108Tema(s): Recursos en línea:Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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I. Introducción. Conexidad contractual y responsabilidad civil. II. Cadenas de contratos y conjuntos de contratos. III. Cadenas de contratos. 1. Introducción. 2. Concepto de "acción directa". 3. Algunos mecanismos utilizados en la experiencia francesa para permitir reclamos entre extremos de la cadena de contratos antes de la aparición de la teoría de los contratos conexos. a) Acciones y derechos "accesorios" de la cosa. b) Estipulación a favor de tercero implícita. c) Acciones extracontractuales. 4. Teoría de la conexidad contractual en cadenas: Teyssié. 5. Aplicación de la teoría de los grupos de contratos en materia de cadenas contractuales: experiencia de la jurisprudencia francesa. a) Tendencia hacia la restricción de las cláusulas limitativas de responsabilidad por incumplimiento. Código Civil y Comercial. b) Tendencia hacia la unificación de la responsabilidad civil. 6. Recapitulación parcial. 7. Las cadenas de contratos y "acciones directas" en el Código Civil y Comercial. a) Acciones directas en materia de saneamiento por vicios ocultos en transmisiones de bienes. b) Acciones directas en materia de contrato de obra. c) Acciones directas en materia de subcontratación. 8. Algunas conclusiones. IV. Conjuntos de contratos. 1. Introducción. 2. Conexidad en conjuntos de contratos en el Código Civil y Comercial. 3. Algunos tipos de conexidad en materia de conjuntos de contratos. a) Causa y conjunto de contratos de "dependencia unilateral". b) Causa y conjunto de contratos de "dependencia bilateral" o "interdependientes". 4. Efectos de la conexidad en materia de conjuntos con-tractuales. a) Interpretación conjunta (art. 1074). Caso del "abuso" (art. 1122, inc. d). b) Contratos conexos "en función de cambio". Aplicación de la excepción de incumplimiento (art. 1075). c) Extinción "en cadena" de los contratos del conjunto. V. Algunas observaciones finales.
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